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A/RES/3011(XXVII) GA

Capital punishment : resolution / adopted by the General Assembly

27
Session
86
Yes
0
No
32
Abstentions
Draft symbol A/RES/3011(XXVII)
Adopted symbol A/RES/3011(XXVII)
P5 Positions
Russia ~ United States United Kingdom China ~ France
UN Document A/RES/3011(XXVII) ↗

Vote Recorded VoteA/PV.2113 Dec. 18, 1972

— Abstain (32)
Absent (14)
✓ Yes (86)
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Resoluciones aprobadas sobre la hase de los informes de la Tercera Comisión 73 con categoría D-2 sólo tres eran mujeres, y que de los 181 funcionarios con categoría D-1 sólo cuatro eran mujeres, Observando además que en los puestos más bajos de la categoría superior y del cuadro orgánico el por- centaje de mujeres es inversamente proporcional a la categoría del puesto, pues va del 6,2 % del personal al nivel de P-5 al 40,4 % al nivel de P-1, en puestos sujetos a distribución geográfica, y del 7,3% al nivel de P-5 al 39,8% al nivel de P-1 para la Secretaría en su totalidad, Observando también que en ninguna de las demás organizaciones del régimen común de las Naciones Unidas hay mujeres que ocupen los puestos más altos, y que sólo hay una funcionaria con categoría de D-2 y sólo 10 con categoría de D-1, l. Toma nota con satisfacción de la reciente de- signación por el Secretario General de una mujer para ocupar un puesto de Subsecretario General, y espera que se designen más mujeres para ocupar puestos de categoría superior •en la Secretaría de las Naciones Unidas; 2. Pide al Secretario General que incluya en su informe anual a la Asamblea General sobre la compo- sición de la Secretaría datos más amplios sobre el em- pleo de mujeres en las secretarías de las organizacio- nes del sistema de las Naciones Unidas, con objeto de indicar la índole de los puestos y el tipo de fun- ciones que desempeñan las mujeres en el cuadro or- gánico y en los puestos directivos; 3. Insta una vez más a las organizaciones del sis- tema de las Naciones Unidas a que adopten o sigan adoptando medidas adecuadas, entl'e ellas la de dar mayor publicidad al derecho de los particulares a so- licitar personalmente puestos vacantes, con miras a asegurar a las mujeres calificadas iguales oportunida- des de empleo en puestos de categoría superior y del cuadro orgánico y en puestos directivos; 4. Exhorta a los Estados Miembros a que, cuando propongan a nacionales suyos para que ocupen pues- tos de categoría superior y del cuadro orgánico en las secretarías de las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, examinen a fondo la posibilidad de presentar para todos los puestos, especialmente los de nivel directivo, candidaturas de mujeres calificadas. 2113a. se~ión plenaria 18 de diciembre de 1972 3010 (XXVIl). Año lntcrn.wional de la Mujer La Asamblea General, Teniendo en cuenta que, desde el primer período de sesiones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer, celebrado en Lake Success, Nueva York, del 10 al 24 de febrero de 1947, han trans- currido veinticinco años, tiempo suficiente para hacer un balance de los resultados positivos obtenidos, Teniendo en cuenta las finalidades y principios de la Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer, aprobada por la Asamblea General en su resolución 2263 (XXII) de 7 de noviembre de 1967, Reconociendo la eficacia de la labor de la Comi- sión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer durante los veinticinco años transcurridos desde su creación, así como la importante contribución que las mujeres han aportado a la vida social, política, econó- mica y cultural de sus países, Considerando que es necesario reforzar el recono- cimiento universal del principio de igualdad de hom- bres y mujeres, de jure y de facto, y que los Estados Miembros que aún no lo han hecho deben adoptar medidas, tanto jurídicas como sociales, para garantizar la aplicación de los derechos de la mujer, Observando que su resolución 2626 (XXV) de 24 de octubre de 1970, en que figura la Estrategia Inter- nacional del Desarrollo para el Segundo Decenio de las Naciones Unidas para el Desarrollo, incluye entre las metas y objetivos para el Decenio el estímulo de la integración plena de la mujer en la totalidad del es- fuerzo en favor del desarrollo, Señalando los objetivos generales y las metas mí- nimas que deben alcanzarse durante el Segundo De- cenio de las Naciones Unidas para el Desarrollo, de- finidos por la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer y aprobados por la Asamblea Ge- neral en su resolución 2 716 (XXV), de 15 de di- ciembre de 1970, Considerando que a tal fin la proclamación de un año internacional de la mujer llevaría a la intensifica- ción de las medidas necesarias para mejorar la con- dición de la mujer, 1. Proclama el año 1975 Año Internacional de la Mujer; 2. Decide dedicar dicho año a intensificar las me- didas encaminadas a: a) Promover la igualdad entre hombres y mujeres; b) Asegurar la integración plena de la mujer en la totalidad del esfuerzo en favor del desarrollo, en es- pecial destacando la responsabilidad y el papel im- portante de la mujer en el progreso económico, social y cultural en los planos nacional, regional e interna- cional, particularmente durante el Segundo Decenio de la:, Naciones Unidas para el Desarrollo; e) Reconocer la importancia de la creciente contri- bución de la mujer al desarrollo de las relaciones de amistad y de la cooperación entre los Estados y al fortalecimiento de la paz mundial; 3. lllvita a todos los Estados Miembros y a todas las organizaciones interesadas a adoptar medidas para la plena realización de lüc; derechos de la mujer y su promoción basándose en la Declaración sobre la eli- minación de la discriminación contra la mujer; 4. Invita a los gobiernos que aún no lo hayan he- cho a que ratifiquen lo antes posible el Convenio de 1951 ~~ aprobado por la Conferencia Internacional del Trabajo en su 34° período de sesiones, relativo a la igualdad de remuneración entre la mano de obra mas- culina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor; 5. Pide al Secretario General que elabore, en con- sulta e.in los Estados Miembros, los organismos es- pecializados y las organizaciones no gubernamentales interesadas, con los recursos existentes, un proyecto de programa para el Año Internacional de la Mujer y lo presente a la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer en su 25 ° período de sesiones, en 1974. 2113a. sesión plenaria 18 de diciembre de 1972 2~ Organización Internacional del Trabajo, Convenios y Re- comendaciones, 1919-1966, Ginebra, 1966, Convenio No. 100, pág. 849. 74 Asamblea General - Vigésimo séptimo período de sesiones 3011 (XXVII). Pena capital La Asamblea General, Recordando sus resoluciones 2393 (XXIII) de 26 de noviembre de 1968 y 2857 (XXVI) de 20 de diciembre de 1971, Tomando nota de la resolución 1656 (LII) del Consejo Económico y Social, de 1 º de junio de 1972, Tomando nota con interés de que, en cumplimiento de las resoluciones antes mencionadas, varios Estados Miembros han proporcionado información adicional sobre la pena capital23 , I. Pide al Secretario General que prepare el in- forme que se ha de presentar al Consejo Económico y Social en su 54 ° período de sesiones de manera tal que ponga al día los informes sobre la pena capital24 que fueron proporcionados en 1962 y 1967 y haga conocer al Cons,ejo los progresos alcanzados en la ob- tención de la información solicitada en el párrafo 6 de la resolución 2857 (XXVI) de la Asamblea Ge- neral; 2. Invita al Consejo Económico y Social a con- siderar, en su 54 º período de sesiones, la situación y las tendencias presentes con respecto a la pena ca- pital. 2113a. sesión plenaria 18 de diciembre de 1972 3012 (XXVII). Asistencia para la fiscalización de los estupefacientes La Asamblea General, Recordando que la asistencia a los países en des- arrollo es una manifestación concreta de la voluntad de la comunidad internacional de cumplir con el com- promiso contenido en la Carta de las Naciones Unidas de promover el progreso social y económico de todos los pueblos, Recordando los arreglos especiales que estableció la Asamblea General en su resolución 1395 (XIV) de 20 de noviembre de 1959, con miras a prestar asis- tencia técnica para la fiscalización de los estupefa- cientes, Reafirmando su resolución 2719 (XXV) de 15 de diciembre de 1970, en la que acogió complacida la creación del Fondo de las Naciones Unidas para la fiscalización del uso indebido de drogas, Recordando asimismo la resolución 1664 (LII) del Consejo Económico y Social, de 1 ° de junio de 1972, en la que el Consejo instó a los Estados, las instituciones y los particulares a hacer contribuciones al Fondo en cualquier forma que fuere y según sus posibilidades, 1. Acoge con beneplácito el hecho de que el Con- sejo Económico y Social exprese su satisfacción por el buen resultado de la Conferencia de las Naciones Unidas para examinar enmiendas a la Convención Unica de 1961 sobre Estupefacientes y, en especial, que se haya aprobado un nuevo artículo 14 bis25 re- lativo a la asistencia técnica y financiera para promo- 23 ST/SOA/118 y Add.l. 24 La pena capital (publicación de las Naciones Unidas, No. de venta: S.67.IV.15). 25 Véase E/CONF.63/8, pág. 10. ver una aplicación más eficaz de lo dispuesto en la Convención Unica de 1961 sobre Estupefacientes26; 2. Declara que, para que sean más eficaces, las medidas para luchar contra el uso indebido de dro- gas deben estar coordinadas y ser universales; 3. Declara asimismo que el cumplimiento por los países en desarrollo de las obligaciones que tienen en virtud de la Convención Unica de 1961 sobre Estu- pefacientes exige una adecuada asistencia técnica y financiera de la comunidad internacional. 2113a. sesión plenaria 18 de diciembre de 1972 3013 (XXVII). Instrumentos internacionales re- lativos a la fiscalización del uso indebido de drogas La Asamblea General, Recordando las resoluciones 165 8 ( LII) y 1665 (LII) del Consejo Económico y Social, de 1 º de junio de 1972, Profundamente preocupada por la amenaza a la dig- nidad humana y a la sociedad que constituye la afluen- cia de drogas ilícitas, Satisfecha por la adopción en conferencias interna- cionales del Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas27 y el Protocolo de modificación de la Convención Unica de 1961 sobre Estupefacientes 28, Convencida de que el Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas tendrá como resultado la necesaria regla- mentación internacional de esas sustancias, Convencida asimismo de la importancia del Protoco- lo para fortalecer las disposiciones de cumplimiento de la Convención Unica de 1961 sobre Estupefa- cientes29, Pide a todos los Estados que todavía no lo hayan hecho que se adhieran: a) A la Convención Unica de 1961 sobre Estupe- facientes; b) Al Protocolo de modificación de la Convención Unica de 1961 sobre Estupefacientes; c) Al Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas. 211 Ja. sesión plenaria 18 de diciembre de 197:.! 3014 (XXVII). i'rograma de las Naciones Unida:-1 para la fiscalización del uso indebido de drogas La Asamblea General, Observando que el uso indebido de drogas es un problema que sigue existiendo en muchas partes del mundo, Alentada por el creciente interés de los gobiernos en ocuparse del uso indebido de drogas, 2G Naciones Unidas, Recueil iÍt'S Traités. vol. 520, No. 7515. pág. 167. 27 E/CONF.58/6 y Corr.4. 2s E/CONF.63/8. 2 9 Naciones Unidas, Recueil des Trait,;s, vol. 520, No. 751 'i, pág. 167.
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